CONVOCATORIA

 

ASAMBLEA ORDINARIA DE DELEGADOS NO PRESENCIAL DEL FONDO DE EMPLEADOS RCN TELEVISIÓN “FONDAR”

La Junta Directiva del Fondo de Empleados de RCN Televisión “FONDAR”, mediante acta N° 463 del dieciséis (16) de enero 2024 y conforme a la Ley y al artículo 25 del Estatuto vigente y considerando que es necesario reunir la Asamblea Ordinaria de Delegados No Presencial en cumplimiento del Decreto Ley 1481 de 1989, el Estatuto y el artículo 3 del Decreto 176 de 2021, y las reglas específicas estipuladas en el CAPÍTULO XII, TITULO IV de la nueva Circular Básica Jurídica adoptada por medio de la Circular Externa No. 20 del 18 de diciembre de 2020 resuelve:

Artículo No. 1: Convocar a la Décima Cuarta Asamblea Ordinaria de Delegados No Presencial a realizarse el sábado dieciséis (16) de marzo 2024, a las 9:00 a.m. para lo cual se utilizará el medio tecnológico Microsoft Teams, esta aplicación se debe descargar previamente, actívela con su cuenta de correo personal que sea compatible con MicrosoftTeams (puede ser Hotmail),si no tiene deberá crear una cuenta antes. Orden del día propuesto:

1. Verificación del quórum.
2.
Instalación de la Asamblea.
3. Himno Nacional.
4. Elección Presidente, Vicepresidente y Secretario de la Asamblea.

5. Aprobación Orden del Día.

6. Aprobación Reglamento de la Asamblea.

7. Lectura de la constancia de la comisión de la revisión del acta de la asamblea anterior. 

8. Designaciones:
      8.1. Comisión Revisión Acta.
      8.2. Comisión de Escrutinios.
9. Presentación de informes.
      9.1. Gestión Junta Directiva y Gerente.
      9.2. Comité de Control Social.
      9.3. Comité de Riesgos.
      9.4. Revisor Fiscal.
10. Presentación y aprobación de los Estados Financieros a diciembre 31 de 2023. 

11. Presentación y aprobación del Proyecto de Distribución de Excedentes.
12. Reforma Estatuto
13. Elección del Revisor Fiscal y asignación de sus honorarios.
14. Proposiciones, recomendaciones y conclusiones.
15. Clausura.

 

Artículo No. 2: Los Estados Financieros, Libros Oficiales y Registro de Asociados al 31 de diciembre 2023 se encuentran a disposición de los asociados interesados en consultarlos en la oficina del Fondo ubicada en Calle 9A N° 65 40, Portería 5, segundo piso Sonolux. Los cuales se encontrarán disponibles a partir del miércoles 17 de enero 2024.

Artículo No. 3: Junto con esta convocatoria se entrega el Reglamento de Asamblea, el proyecto Reforma Estatuto para que sea leído y estudiado con el fin de someterlo a consideración de la Asamblea, el cual cumple con el Artículo No. 28 del Estatuto del Fondo de Empleados de RCN Televisión “FONDAR” y ajustándose a las disposiciones legales contenidas en la Ley 454 de 1998, el Decreto Ley 14 de 1989, la Ley 1391 de 2010, Decreto 962 de 2018 y demás decretos emitidos por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público que le son pertinentes al fondo de empleados.

Artículo No. 4: Podrán participar en la Décima cuarta Asamblea Ordinaria de Delegados No Presencial los delegados hábiles al momento de la presente convocatoria y que a esta fecha se encuentren al corriente con sus obligaciones con FONDAR, según listado verificado por el Comité de Control Social mediante acta No. 160 del dieciséis (16) de enero 2024.

Artículo No. 5: Se consideran Delegados los asociados elegidos para el periodo 2023 a 2024 en las elecciones de delegados realizadas por FONDAR del 8 al 24 de febrero 2023, según consta en acta de escrutinio N° 148 del Comité de Control Social del 24 de febrero 2023.

Artículo No. 4: Faltas Sancionables: Constituyen faltas sancionables disciplinariamente, de acuerdo con el Artículo 85 del Estatuto, literal B. No asistir a la Asamblea General Ordinaria, Extraordinaria o de Delegados cuando sea el caso, o no hacerse representar ante estas, llegar tarde o retirarse del recinto donde se esté celebrado la misma, o dedicarse a actividades diferentes para las que fue convocado, sin justa causa.

Artículo No. 5: Clases de sanciones: De acuerdo con el Artículo 86 del Estatuto, se pueden aplicar las siguientes sanciones:

  1. Amonestación; consistente en poner de presente al Asociado por escrito, la falta cometida, conminándole con sanciones superiores en caso de reincidencia.

  2. Multas; consistentes en pago de sumas equivalentes no mayores a dos (2) SMMLV, con destino al Fondo de Bienestar Social.


Artículo No. 6: Causales de Amonestación: Con base en el Artículo 88 del Estatuto, se harán llamados de atención por escrito por la Junta Directiva a los asociados, cuando:

  1. Por llegar tarde a las Asambleas o a cualquier actividad a la que sea convocado como integración, educación o solidaridad.

  2. Dedicarse a actividades diferentes a la que haya sido convocado.


Artículo No. 7: Causales para las Multas: Con base en el Artículo 89 del Estatuto se impondrán multas o sanciones económicas por la Junta Directiva a los asociados, así:

  1. Por no asistir a la Asamblea General de Asociados o Delegados sin justa causa.

  2. No asistir a eventos a los cuales ha sido designado como Delegado o en representación por “FONDAR”, sin causa justificada.


Publíquese, notifíquese y cúmplase. Dada en Bogotá D.C., a los dieciséis (16) días de enero 2024. Original firmado:


                         William Alfonso Martínez                                          Mónica Andrea Karan Benitez                                        Vicky Yulieth Contreras Bautista.                                            Presidente Junta Directiva.                                            Secretario Junta Directiva                                                                   Gerente 

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